Audi amplía tres meses la garantía de sus vehículos

Audi ofrece a sus clientes una ampliación de la garantía para sus vehículos. Esta medida se está introduciendo a corto plazo en numerosos mercados del todo el mundo, puesto que son muchos los clientes no han podido o siguen sin poder acudir a un concesionario Audi para realizar las intervenciones en período de garantía, debido a la actual crisis del coronavirus.

La ampliación de la garantía se aplica en todo el mundo a los vehículos producidos en Europa, Brasil, México o India, cuya garantía de serie o extendida correspondiente expire o haya expirado en el período de tiempo entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2020. El período de esta ampliación termina tres meses después de la finalización de la garantía original de serie o la garantía extendida para un vehículo nuevo, con la fecha límite de 31 de agosto de 2020.

“En estos tiempos difíciles, nos acercamos a nuestros clientes permitiendo una mayor flexibilidad a la hora de organizar sus visitas a los concesionarios Audi”, declara Horst Hanschur, responsable de Desarrollo de Negocio Retail y Servicios de Atención al Cliente. “Muchos de nuestros concesionarios en todo el mundo permanecen todavía cerrados, o están justo en el proceso de iniciar de nuevo la actividad. Por lo tanto, estamos realizando ajustes en distintas áreas para asegurar que nuestros clientes sigan disfrutando de una experiencia premium con la marca Audi, así como para asegurar el futuro de nuestros concesionarios”.

La restricción de kilometraje contemplada en la extensión de garantía de Audi permanece sin cambios con respecto a esta medida de ampliación de la garantía. Si se han emitido restricciones de kilometraje para la garantía de coches nuevos en un mercado determinado, también permanecerán sin cambios. En el caso de que se produzca una superposición entre la ampliación de la garantía y el inicio de la extensión de garantía de Audi, el comienzo de la garantía extendida se pospondrá tres meses sin cargo para el cliente.

Todas las medidas mencionadas anteriormente son medidas únicas y voluntarias, introducidas debido a las especiales circunstancias creadas por la crisis del COVID-19. En ningún caso estas medidas suponen un reconocimiento de cualquier obligación legal, ni implican obligaciones de ningún tipo en el futuro.